Departamento de investigación | Iren Centro

Departamento de investigación



    Son funciones del departamento de investigación

    1. Proponer y ejecutar los lineamientos de política en investigación y el plan nacional de investigación en oncología nacional e institucional, para innovar permanentemente los conocimientos científicos y tecnológicos.
    2. Proponer las normas para gestionar el diseño y ejecución de protocolos de investigación en materia oncológica, según los requerimientos nacionales e institucionales para desarrollar las actividades para desarrollar las actividades asistenciales y de transferencia tecnológica correspondientes.
    3. Elevar los protocolos de investigación presentados al IREN Centro para su trámite, evaluación y aprobación por las instancias correspondientes; as como, velar por la buena conducción de los mismos.
    4. Proponer las normas para promover y coordinar la investigación oncológica, bajo la suscripción de convenios con las instancias correspondientes.
    5. Difundir los resultados de investigaciones básicas y clínicas en el campo oncológico principalmente referidas a nuevas drogas, genética, biología molecular y otras que sean requeridas para el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades neoplásicas.
    6. Coordinar con los órganos y las unidades orgánicas del IREN Centro e INEN, la investigación e innovación permanente de tecnologías y los procedimientos preventivos, diagnósticos y terapéuticos de las enfermedades neoplásicas.
    7. Convocar la participación de investigadores e instituciones de investigación oncológica con el apoyo de entidades cooperantes nacionales e internacionales a través de las instancias respectivas.
    8. Proponer la conformación, normas y funciones de los Comités y/o instancias funcionales que se requieran para la revisión metodológica y ética de los protocolos para la gestión de las publicaciones de las investigaciones ejecutadas.
    9. Promover y coordinar el diseño y ejecución de programas de proyección a la comunidad en el campo de la investigación oncológica.
    10. Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ámbito de su competencia.
    11. Otras funciones que se le asigne la Dirección de Control del Cáncer.